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Lo bueno si breve, dos veces bueno, como dijo Baltasar Gracián.
Lo que no estoy seguro es que eso de los plazos cortos esté al mismo nivel que los otros cuatro.
Yo diría que no.
Pero tu que dices?
Si, señor, esperaba esta pregunta. Me explico, creo que hay una tendencia a plazos demasiado largos de concesión, es un tema para debate desde luego. Las cosas cambian mucho, diría que demasiado en décadas, así que 40 años que permite la ley para concesiones de infraestructura y servicio en España a veces resulta demasiado largo. O generamos contratos que prevean cambios y funcionen bien adaptandose fácilmente o deberíamos de pensar el fórmulas con plazos mas cortos, quizás 10-15 años. Esto generaría también una inquietud por la renovación de muchos concesionarios y eso les incentivaría a hacerlo mejor para ser candidatos en la siguiente. Abierto está el debate.No es un tema fácil, hay que resolver el tema del pago de la infraestrcutura o su valor residual. La transferencia de esos pagos pendientes o no a la siguiente concesión, los temas de financiación. Pero merece la pena pensarlo
Totalmente de acuerdo con Joaquín!
Al hilo de lo que comenta, Australia y Canadá son dos países de indudable éxito en proyectos de colaboración público privada y manejan plazos muy largos, tu que opinas?.
Quizá otro aspecto más general que añadiría sería contar con un marco adecuado para que los proyectos se desarrollen aplicando estas reglas. Me estoy refiriendo a un marco legislativo adecuado, protección jurídica, estabilidad macroeconómica y política, etc.
Enhorabuena!
Buenísimo también este comentario. Fijate que has citado dos paises con: fortaleza institucional (personal preparado y estable) y con marco regulatorio excelente. Así es más fácil y posible. Pero en esos casos hay que incluir fórmulas de incentivos , probablemente con bonus&malus, no te parece? Como digo, el tema da para un debate y quizás para ensayar esas soluciones con menor plazo (no tan extendidas). Fíjate que en concesiones de servicios (no es el mismo caso porque la inversión no es comparable), las directivas europeas han obligado a acortar los plazos para favorecer la calidad y la competencia.
Con respecto a los plazos, como mencionas “plazos cortos” no comparto, por como su nombre dice “corto” ni tampoco largo. Los tiempos deben ser estudiados para cada caso y que no sean cortos ni largos, que sean JUSTOS, tanto para el promotor como para el ejecutor.
Gracias, Armando, tienes razón, quizás lo más apropiado era decir plazos más cortos.