Pues ya sabes, de vez en cuando tengo que escribir sobre esto, porque nos afecta a todos y porque así me desahogo un poco. Para ello cuento con la inestimable ayuda de Noemi Alvarez.
El pasado mes de mayo, Consultora Alomon presentó un informe a ASICA donde se muestran los resultados del análisis de las distintas licitaciones que han tenido lugar entre 2017 y 2022 para conocer los valores de las condiciones de contratación y verificar a través de este análisis objetivo si es cierto que se produce el fenómeno conocido como dumping (el cual ha sido introducido en otras publicaciones de este blog ) en la contratación pública.
La metodología utilizada para la realización del informe ha sido el tratamiento y análisis de datos de 48 licitaciones expedidas por los diferentes Ayuntamientos y Gobiernos regionales de las distintas Comunidades Autónomas.
Para ello, se han examinado los pliegos de prescripciones técnicas para conocer los criterios de adjudicación evaluables y se ha llevado a cabo el análisis de la evaluación de los criterios realizada por cada administración de cada una de las empresas adjudicatarias, anotando además aquellas que han sido calificadas como temerarias, tanto justificadas como injustificadas.
El número de licitaciones analizadas por cada año varía considerablemente, en la actualidad de mayor información y acceso a los expedientes más recientes, habiendo sido más complicado acceder a los de los años 2017 y 2018 principalmente. Es por ello que, en los cálculos, no se han considerado estas licitaciones para evitar que desvirtúen la tendencia normal, al ser una muestra anual muy pequeña. También se han eliminado de los cálculos aquellas que no están publicadas en internet
El número medio de empresas que se presentan a las licitaciones en materia de movilidad sostenible es de 7,77 empresas licitadoras.
De la gráfica se desprende una importante fluctuación en relación al número de empresas licitadoras, con una tendencia decreciente, lo cual puede deberse a los presupuestos cada vez más ajustados y al peso de los criterios económicos en la adjudicación de los mismos.
Sobre el presupuesto de las licitaciones, es innegable la importancia de la perspectiva económica de la contratación pública ya no solo por el peso que ésta tiene en el PIB y por su carácter estratégico como herramienta de desarrollo de políticas públicas, sino también porque su funcionamiento es síntoma de una adecuada ejecución del gasto público de manera eficiente.
Hemos analizado el presupuesto en cada una de ellas con el objetivo de estudiar la cantidad que invierte cada una de las administraciones por habitante, de manera que podemos concluir que, es totalmente arbitraria la inversión realizada y no se corresponde con un criterio general que establezca que los municipios con un determinado número de habitante deban invertir una determinada cantidad, ya que varía de un municipio a otro.
El valor de los contratos se ha mantenido variable durante el tiempo, no son homogéneos los distintos presupuestos por habitante en el mismo año, por ello no podemos decir que en 2021 se invirtiese una mayor cantidad que en 2017 o viceversa, ya que el valor presupuestario es variable en función de cada Municipio o Comunidad Autónoma.
Por regla general se observa, que las entidades contratantes que mayor presupuesto por habitante destinan a la movilidad sostenible son las entidades que contratan para los municipios o territorios más pequeños en número de habitantes. Siguiendo esta misma línea, las entidades que menos presupuesto destinan por habitante son aquellas que contratan para municipios o territorios más grandes en número de habitantes.
De entre los contenidos del informe, uno de los apartados más relevantes e interesantes para el tema que nos ocupa es el análisis de los criterios de valoración o adjudicación, donde se puede comprobar cómo el peso que se le otorga en las licitaciones analizadas a los criterios objetivos es de un 64%.
Del total de las licitaciones analizadas, el peso medio de la oferta económica es de un 51,29%, lo que nos permite saber que el peso del precio sigue siendo muy superior a la calidad, que queda en un segundo plano en las adjudicaciones.
LA REFORMA LEGISLATIVA, ¿UN ANTES Y UN DESPUÉS?
La reforma legislativa de 2017 introdujo incentivos para aquellos proyectos en los que se contemplasen parámetros sociales y ambientales para que las empresas desarrollen una gestión socialmente responsable en distintos ámbitos de interés para el país, con la finalidad de que los contratos públicos se adjudiquen a la propuesta de mayor calidad general, la cual no tiene por qué ser la de menor precio.
Esta nueva Ley obliga a las Administraciones Públicas a garantizar que los contratistas cumplen con las normas aplicables en materia medioambiental, social o laboral. Para conseguirlo, se incluyen requisitos de adjudicación como el fomento de la integración social de personas con discapacidad, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables y, en general, la inserción socio laboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social; los planes de igualdad de género que se apliquen en la ejecución del contrato y, en general, la igualdad entre mujeres y hombres en las empresas; el fomento de la contratación femenina; la conciliación de la vida laboral, personal y familiar; la mejora de las condiciones laborales y salariales, entre otros.
La Ley de Contratos del Sector Público pretende con estas medidas mejorar la eficiencia en las adjudicaciones, prestando mayor atención a la calidad y la innovación. Por eso, establece como criterio de adjudicación la mejor relación entre la calidad y el precio, sustituyendo el anterior criterio de adjudicación, que se limitaba a valorar la oferta económicamente más ventajosa.
La tendencia del peso de la oferta económica cambió produciéndose una disminución en 2018 y 2019 con respecto a 2017.Si bien es cierto que desde 2020 hasta la actualidad se refleja claramente como la propuesta técnica tiene menos valor que la económica, volviendo a la tendencia anterior a la reforma, como podemos observar en el presente gráfico:
Para ser más precisos, en algunas licitaciones, como “Consultoría y asistencia técnica para la actualización del plan de movilidad urbana sostenible en el municipio de Arrecife”, “Redacción de PMUS para los municipios partícipes de Fondos EDUSI en AUF Bormujos “Parque del Aljarafe” y AUFF Camas “Despertando Historia”, “Redacción del nuevo PMUS de El Puerto de Santa María, del plan directos de la bicicleta y el plan director de señalización” o “Servicio de redacción del PMUS en el Municipio de San Cristóbal de La Laguna” la puntuación objetiva en los criterios de adjudicación es de un 100%, y pese a que no sólo es el precio el que forma parte de estos criterios, sí que supone un gran peso en estas licitaciones.
OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Las consecuencias de este gran peso de la oferta económica las estamos viendo en el aumento de las numerosas prácticas anticompetitivas que realizan algunas empresas para conseguir ser más atractivas a la hora de la contratación, que son totalmente inviables, y es muy necesario reflexionar sobre ello puesto que siempre en la contratación pública debe primar la gestión óptima y de calidad para los ciudadanos.
Como podemos observar en el gráfico, el peso que se le otorga a la reducción económica en la evaluación de los criterios es considerable, en algunos casos se ha reducido más de la mitad el presupuesto base de la licitación, como puede ser en la “Asistencia técnica para el estudio sobre la accesibilidad e idoneidad de ubicación de las paradas del transporte público urbano en Ciudad Real, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)”.
En el proceso de adjudicación de esta última que se cita, se aceptó la temeridad de la empresa adjudicataria, que redujo el presupuesto en un 52%.
Cabe destacar que de las 48 licitaciones analizadas en el informe, 26 de las ofertas presentadas han sido calificadas como temerarias, de las cuales se han justificado y adjudicado 6.
Según los datos del informe la baja media anormal o temeraria de los años que se analizan es de un 43,78%, siendo en 2021 un 52%, aumentando estas exponencialmente con respecto a los años post-reforma.
En el informe además se señalan algunas empresas que presentan ofertas con bajas, que, por regla general no son las que mejor posicionadas están con respecto a la técnica, obteniendo puntuaciones más bajas en la misma.
Este es un patrón que se repite de forma generalizada en casi todas las licitaciones que han sido objeto de estudio.
La casi inexistencia de valoración de la calidad y la aceptación de las bajas temerarias por doquier genera que las administraciones tengan que realizar contratos de supervisión con otras empresas para asegurarse que el trabajo será terminado y tendrá la calidad mínima necesaria para poder ser utilizado por los ciudadanos.
Sin duda estas estrategias económicas de aquellos que presentan bajas anormales para conseguir ser adjudicatarias no benefician a la contratación pública, sino que suponen un riesgo para sus verdaderas funciones.
La contratación pública debe ser socialmente responsable, preservar el interés general y por supuesto ser competitiva y eficiente.
Es necesaria una gestión contractual estricta que asegure esta competencia y que evite el trato desigual entre los competidores para que la administración se comprometa verdaderamente con una gestión pública de calidad.
¿Nos dejas tus comentarios? seguro que has tenido experiencias en esto. Los que me leeis de la Administración, ¿os animáis a dar vuestra visión?